La Nueva Ley Orgánica del Trabajo
Es el instrumento más importante que se aplica a las
relaciones de trabajo. Es una ley de orden público (de aplicación obligatoria),
que se aplica a venezolanos y extranjeros con ocasión del trabajo prestado o
convenido en Venezuela. Sus normas pueden ser mejoradas por convenios
particulares o contratos colectivos.
Los beneficios más importantes de este documento son:
La Jornada Laboral: baja
con una duración de 44 horas a 40 diurnas a la semana. El trabajador tiene
derecho a dos días consecutivos libres. Sábados y Domingos son días no
laborales, el 1 de enero, el jueves y viernes santo, el 1 de mayo, las fiestas
nacionales, municipales, por estados y los que se declaren festivos por el
gobierno nacional, hasta un límite total de tres por año.
Empresas de Trabajo
Continuo: tendrán jornada de 42 hrs y se les sumara un día adicional por
cada año de servicio.
La Jornada Nocturna: está
comprendida entre las 7:00pm y las 5:00am, no se podrá exceder de siete horas
diarias ni de treinta y cinco horas semanales, toda prolongación de la jornada
nocturna en horario diurno se considerará como hora nocturna.
Bono por vacaciones: al
trabajador se le debe pagar 15 días más 1 día adicional por cada año de
servicio.
Utilidades: el
pago mínimo es de 30 días de sueldo y no de 15 como se venía haciendo hasta
entonces.
La tercerización queda eliminada, los empleados no podrán estar
subcontratados, las empresas tendrán 3 años para absorber a los trabajadores
tercerizados y se elimina la figura de las empresas intermediarias.
Los jefes tendrán la obligación de tener o pagar un centro
de educación inicial con sala para amamantar y permitir dos permisos al día –de
media hora cada uno– a la madre para que le dé pecho a su bebé. Los permisos
para la madre serán de media hora si el centro de lactancia queda en el lugar
de trabajo, y de hora y media si está alejado de su puesto de labores.
El trabajador tendrá prestaciones sociales desde el primer
día de trabajo y no a tres meses como la antigua ley.
Mujeres con hijos que padezcan alguna discapacidad tendrán
inamovilidad permanente.
Desde ahora el pago de liquidaciones será doble en los casos
de despidos injustificados (“Doblete”).
Un 75% de las prestaciones podrán ser retiradas por concepto
de vivienda, estudio y salud.

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