viernes, 28 de marzo de 2014

La Nueva Ley Orgánica del Trabajo
Es el instrumento más importante que se aplica a las relaciones de trabajo. Es una ley de orden público (de aplicación obligatoria), que se aplica a venezolanos y extranjeros con ocasión del trabajo prestado o convenido en Venezuela. Sus normas pueden ser mejoradas por convenios particulares o contratos colectivos.

Los beneficios más importantes de este documento son:
La Jornada Laboral: baja con una duración de 44 horas a 40 diurnas a la semana. El trabajador tiene derecho a dos días consecutivos libres. Sábados y Domingos son días no laborales, el 1 de enero, el jueves y viernes santo, el 1 de mayo, las fiestas nacionales, municipales, por estados y los que se declaren festivos por el gobierno nacional, hasta un límite total de tres por año.

Empresas de Trabajo Continuo: tendrán jornada de 42 hrs y se les sumara un día adicional por cada año de servicio.

La Jornada Nocturna: está comprendida entre las 7:00pm y las 5:00am, no se podrá exceder de siete horas diarias ni de treinta y cinco horas semanales, toda prolongación de la jornada nocturna en horario diurno se considerará como hora nocturna.

Bono por vacaciones: al trabajador se le debe pagar 15 días más 1 día adicional por cada año de servicio.

Utilidades: el pago mínimo es de 30 días de sueldo y no de 15 como se venía haciendo hasta entonces.
La tercerización queda eliminada, los empleados no podrán estar subcontratados, las empresas tendrán 3 años para absorber a los trabajadores tercerizados y se elimina la figura de las empresas intermediarias.
Los jefes tendrán la obligación de tener o pagar un centro de educación inicial con sala para amamantar y permitir dos permisos al día –de media hora cada uno– a la madre para que le dé pecho a su bebé. Los permisos para la madre serán de media hora si el centro de lactancia queda en el lugar de trabajo, y de hora y media si está alejado de su puesto de labores.

El trabajador tendrá prestaciones sociales desde el primer día de trabajo y no a tres meses como la antigua ley.

Mujeres con hijos que padezcan alguna discapacidad tendrán inamovilidad permanente.
Desde ahora el pago de liquidaciones será doble en los casos de despidos injustificados (“Doblete”).

Un 75% de las prestaciones podrán ser retiradas por concepto de vivienda, estudio y salud.

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